Cómo reclamar con éxito el IRPH, ¿ha llegado el momento de reclamar?
1. Antecedentes
Han pasado dos años desde que, en diciembre de 2017, el Tribunal Supremo declarase que las cláusulas que referencian el interés variable de un préstamo hipotecario al índice IRPH no podían verse afectadas por una falta de transparencia ni, en consecuencia, podrían ser declaradas nulas por ese motivo. Esa decisión supuso un importante revés para millones de consumidores afectados por hipotecas IRPH en España.
Sin embargo, la situación desde entonces ha dado un giro radical. El juzgado de primera instancia número 38 de Barcelona fue el primero de nuestro país en dirigirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para consultarle si la resolución del Supremo entraba en contradicción con el derecho comunitario de consumidores y usuarios. A partir de ese momento, la Comisión Europea, primero, y el letrado general de la Unión Europea, después, han dictado dos informes sobre la cuestión planteada en los que consideran que la tesis del Tribunal Supremo contraviene el derecho de la UE.
La sentencia del TJUE sobre el IRPH está prevista para enero o febrero de 2020.
Análisis de la última sentencia sobre IRPH
Analizamos la sentencia relativa al IRPH en la que se dilucidaba si podía o no aplicarse el filtro de la Directiva 93/13 a la cláusula IRPH

2. Expectativas
Que el TJUE revoque dicho criterio no significa que el índice vaya a ser nulo por falta de transparencia en cualquier escenario y en cualquier caso. De hecho, como sucede en otros supuestos típicos de nulidad por falta de transparencia (cláusula suelo y multidivisa de préstamos hipotecarios, por ejemplo), esta nulidad no se declarará de manera automática. Cada caso concreto requerirá de un análisis que, atendiendo a las circunstancias y particularidades de la comercialización del préstamo hipotecario, determinará si la inclusión de la cláusula en el contrato ha sido o no transparente.
La interpretación que hizo el abogado general de la Unión Europea del caso concreto en el que fue planteada la cuestión prejudicial fue, en cualquier caso, bastante restrictiva en cuanto a los escenarios en los que una cláusula IRPH pudiera ser nula por falta de transparencia. A pesar de que, claramente, se alineó con la Comisión Europea en el sentido de que fuera posible declarar la nulidad por falta de transparencia de una cláusula IRPH, llegó a la conclusión de que, en el caso enjuiciado en la cuestión prejudicial, la cláusula sí era transparente.
Naturalmente, ni el informe de la Comisión Europea ni el del abogado general de la Unión Europea contienen los criterios definitivos sobre los escenarios en los que deberá declararse nula una cláusula IRPH. Para conocerlos, será necesario esperar a la sentencia del TJUE que, como decíamos, se dictará a principios de 2020. Y, cuando eso suceda, conviene que todos los afectados estén legalmente preparados porque, si el TJUE da finalmente la razón a los consumidores, habrá llegado la hora de ponerse en manos de abogados especialistas en derecho bancario como los de LEAN para reclamar y recuperar todo el dinero pagado de más durante la vigencia de su hipoteca IRPH.
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