¿Qué está pasando con los seguros de prima única financiada?

12 septiembre, 2022
Parte de las hipotecas concedidas los últimos años han llevado asociadas un tipo de seguro de vida que se viene declarando abusivo por parte de los tribunales

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Diversas sentencias en toda España delimitan el carácter abusivo de estas prácticas, que los bancos llevan años imponiendo a sus clientes al firmar la hipoteca.

Si tu hipoteca lleva asociado un seguro de prima única financiada, puedes recuperar lo pagado de más.

1. ¿Qué es un seguro de prima única financiada?

Cuando financiamos una vivienda, es decir, cuando pedimos una hipoteca al banco para poder adquirir una casa, es preceptiva la suscripción de un seguro de vida. El banco, a través de este seguro, se garantiza la devolución del crédito prestado en caso de fallecimiento.

La cuestión relevante del hecho es que, en toda ocasión de hipoteca, el banco obliga al cliente a suscribir un seguro de vida, ya sea un servicio prestado por el banco, una filial o cualquier aseguradora; no así en el seguro de prima financiada, en el que el banco que presta el dinero obliga al cliente (previo a la firma de la hipoteca) a suscribir un seguro con, generalmente, una aseguradora vinculada a su grupo de empresas.

2. ¿Cómo han actuado los bancos?

A esta obligación se le une la evidente gestión por parte del banco y su autodesignación como tomador y beneficiario del seguro. De esta forma el hipotecado quedará como mero asegurado y el banco se asegura de recibir el total de la prima en un pago único que después financiará al hipotecado (con su consecuente interés).

Así, las claves de un seguro de prima única financiada consisten, a grandes rasgos, en las siguientes características:

  • El banco obliga a suscribir un seguro de vida concreto previo a la firma de la hipoteca.
  • El montante total del seguro es pagado por adelantado con el dinero que presta el banco.
  • Al tratarse de una cantidad considerable, el cliente necesita financiar el seguro.
  • El banco financia el seguro, incluyéndolo en la cuota hipotecaria, aumentando el capital del préstamo.
  • El banco no proporciona información clara sobre el coste total del seguro vinculado.

3. ¿Es abusivo el seguro de prima única financiada?

Imponer la contratación de un seguro de vida concreto como condición para la concesión de una hipoteca es, sin duda, abusivo. Asimismo, se señalan como incumplidas las debidas normas de transparencia en la información de que se dota a los clientes por parte del banco.

En este último sentido, el art. el artículo 11.4 de la Directiva 2014/17 señala que:

“si la celebración de un contrato relativo a un servicio accesorio, en particular un seguro, fuera obligatoria para obtener el crédito o para obtenerlo en las condiciones ofrecidas, y el coste de ese servicio no pudiera determinarse de antemano, dicha obligación deberá mencionarse también de forma clara, concisa y destacada, junto con la T.A.E.”.

Finalmente, determinado como abusivo, se obliga al banco a restituir al asegurado la totalidad de la prima satisfecha hasta el momento, los intereses devengados mes a mes y los intereses legales desde la suscripción del seguro hasta la presentación de la demanda.

EDJ 2022/582302 SAP LEÓN DE 18 MARZO DE 2022

 

“(…) declaro la nulidad por abusiva por falta de transparencia de la práctica bancaria no consentida expresamente en relación con el préstamo hipotecario”.

4. ¿Puedo reclamar mi seguro de prima única financiada?

En caso de que hubiera suscrito un seguro de prima única financiada asociada a una hipoteca, lo principal es consultar a una abogado especialista que le asesore a la luz de las últimas sentencias y las características de su contrato.

Las sentencias relacionadas con el seguro de prima única financiada superan ya la cincuentena, comenzando a establecer suficientee jurisprudencia y sentando las bases de lo que, seguramente, suponga un nuevo frente judicial de carácter masivo para los bancos.

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