Mientras se enfrenta a la sanción impuesta por la CNMV, el Santander sigue enfrentándose a las condenas impuestas por los juzgados por la venta de sus Valores Santander.

La venta de Valores Santander, que ha afectado a 129.000 inversores que compraron 7.000 millones de euros en este producto sigue de plena actualidad, y el último coletazo por el momento tiene que ver con la sanción impuesta a la entidad por la CNMV por su comercialización irregular. Si en un principio fueron dos las sanciones por sendas infracciones, de 10 y 6,9 millones de euros por dos faltas grave y muy grave respectivamente, la Audiencia Nacional confirma ahora la de menor importe y anula la multa de 10 millones a la entidad por la venta de este producto.

Hay que recordar que debido a la multitud de reclamaciones a la CNMV por la venta de Valores Santander, este organismo investigó y constató las irregularidades en su comercialización, dando lugar a dos sanciones en vía administrativa por vender a sus clientes un producto complejo, sin ofrecerles la información necesaria sobre sus riesgos.

La primera sanción, de 6,9 millones de euros, en concepto de falta muy grave en relación con el incumplimiento de algunas de las obligaciones que regulan la relación entre el banco y su clientela, a quien no ofreció una asesoría imparcial y engañosa al respecto.

La segunda ascendía a 10 millones (y que acaba de anular la Audiencia Nacional), por la comisión de una infracción grave al no disponer de la información necesaria sobre sus clientes en el proceso de suscripción de la emisión de Valores Santander.

Ahora, la Audiencia Nacional confirma la sanción de 6,9 millones de euros por la venta de Valores Santander pero anula la segunda, al estimar en parte el recurso presentado por la entidad, que se ha defendido señalando que en el momento en que se produjeron los hechos, (los meses de septiembre y octubre de 2007), todavía no había entrado en vigor la ley 47/2007. Ésta entró en vigor en diciembre del mismo año y recogía todas las directivas europeas relativas a los mercados de instrumentos financieros, persiguiendo mejorar los mecanismos de información para los clientes de las empresas de inversión y entidades de crédito.

Con esta condena queda evidenciada una vez más la mala praxis en la venta de Valores Santander por parte de la entidad, que no cumplió con la obligación básica de recabar información de los inversores tratándose de la venta de un producto calificado como complejo, tal y como exigía la ley. Hoy por hoy, más allá de la sanción de la CNMV que ahora reduce la Audiencia Nacional, la entidad tiene una importante deuda (moral y económica) con los clientes a los que engañó, aunque parezca no darse por aludida.

El Santander vendió los Valores como productos de riesgo medio cuando deberían haberse calificado de riesgo alto. A la entidad sólo le importó incrementar sus recursos, y no informó a sus clientes de las verdaderas condiciones del producto que podían llevar incluso a perder gran parte del patrimonio invertido, tal y como ha sucedido.

El Banco Santander habló sólo de las virtudes y del alto interés del producto en su afán comercializador y hoy, miles de afectados que se vieron obligados a canjear sus Valores por acciones de la entidad, tienen que asumir una pérdida elevada de su inversión.

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