30 directivos despedidos por el supuesto incumplimiento del compliance de la compañía
Pfizer sigue adelante y procede a la fusión con Allergan para crear el mayor grupo de salud del mundo. La operación, que se espera esté completada para la segunda mitad de 2016, está rodeada de controversia por sus implicaciones fiscales. Técnicamente, el acuerdo está estructurado mediante lo que se conoce como una “fusión inversa”. Allergan es la que adquiere Pfizer para poder beneficiarse de esta artimaña fiscal legal, ya que tiene sede en Dublín (Irlanda), donde el impuesto de sociedades (12,5%) es más favorable que en Estados Unidos (35%), ventaja a la que sacará tajada Pfizer, una de las mayores corporaciones del país.
Pero no es la única noticia que se ha publicado de la compañía farmacéutica, pues en lo que se refiere a nuestro país, hemos conocido el despido de 30 directivos por, al parecer, no cumplir el código interno de la compañía en relación a la comercialización y difusión del medicamento “Enbrel”, en resumidas cuentas: por una supuesta infracción del compliance de la sociedad.
La empresa fue condenada en EEUU a pagar 2.300 millones de dólares por la venta y falsa prescripción de su analgésico “Bextra”, en el año 2010, como consecuencia, con mucha probabilidad, de un incumplimiento del código interno, consciente o inconscientemente, sin la necesaria supervisión en el segundo caso.
La investigación la ha liderado la división de Cumplimiento en Nueva York. La sede de Pfizer en España se rige por las leyes de Estados Unidos, que son las que se están aplicando en este caso, y son especialmente duras respecto a los conflictos de intereses y todo lo relacionado con prácticas corporativas deshonestas, esto explica que entre las causas de algunos de los despidos se encuentre el haber estado en copia de los correos electrónicos investigados.
En nuestra cultura empresarial pudiera resultar una medida tajante o desproporcionada, en cuanto que no hemos importado aún la importancia de cumplir fielmente el código interno de la compañía, el comportamiento ético y ceñido a la legalidad, que ha de observarse de manera interna y externa, sin embargo no es ni más ni menos que lo que se deriva de la redacción del artículo 31 bis del Código Penal, vigente desde el 1 de julio de 2015
Pfizer, que bebe de las aguas del compliance estadounidense, no está dispuesta a asumir las consecuencias de su incumplimiento en la proyección externa, tales una condena millonaria, un daño en la reputación de la compañía, como tampoco a nivel interno, permitiendo que el incumplimiento de su código de conducta quede impune, y comportamientos no deseables en la comercialización y difusión de un medicamente, sean una práctica generalizada, o tolerada.
El despido de los directivos, la medida disciplinaria más grave, estaba prevista en el referido código de conducta, que advierte a sus empleados que el incumplimiento puede derivar en la finalización de la relación laboral, especialmente si el empleado “consciente e intencionadamente infringe la ley o una política, conduce a otros a infringir la ley o una política, no coopera en una investigación, toma represalias contra otro colaborador por notificar, o no supervisa a sus subordinados”.
La medida, que ha parecido tan drástica en el interior de nuestras fronteras, no ha dejado indiferente tampoco todas las matrices de multinacionales, que estén revisando sus códigos internos y compliance, para asegurar su obligado cumplimiento.
Resulta un tanto paradójico que en nuestro país, lo que aparentemente no es sino la llave del buen funcionamiento de la compañía, se introduzca a través del Código Penal y del despido disciplinario de 30 directivos de una multinacional con sede en España. En cualquier caso, aunque no sea “por las buenas”, lo importante es que de un modo u otro, está llegando a nuestras empresas, lo que reportará grandes beneficios a la larga.
Socia y especialista en Penal de V Abogados.