Primera sentencia favorable a un inversor del Banco Popular de la Audiencia Provincial de Mallorca

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Palma de Mallorca, 28 de Marzo de 2019

LEAN Abogados ha obtenido la primera sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en la que se acuerda declarar nula la compra de acciones de Banco Popular efectuada a través de un intermediario -en este caso, Bankinter-.

El fallo es relevante por cuanto que:

  • a) Es la primera vez que la Audiencia Provincial de Palma resuelve un asunto relativo a acciones de Banco Popular, sentando un criterio jurisprudencial que marca la línea a seguir a los juzgados de primera instancia no sólo de Baleares sino del resto del territorio nacional.
  • b) La contratación se produjo a través de Bankinter y pese a que Banco Popular (ahora Banco Santander) ha intentado trasladar la responsabilidad por la comercialización de las acciones a Bankinter, la Audiencia ha resuelto que quien debe responder por el perjuicio causado es el emisor de los títulos (Banco Popular) y no el comercializador de los mismos (Bankinter). Rechaza por lo tanto la excepción de falta de legitimación pasiva que Banco Popular esgrime en los procedimientos judiciales en aquellos casos en que la compra de las acciones se efectuó a través de un tercero.

En definitiva, la Audiencia de Palma resuelve que lo relevante en este tipo de procedimientos es la calidad de la información proporcionada por Banco Popular no en relación a las acciones –en tanto que son un producto no complejo- sino en relación a su salud financiera explicada con motivo de la ampliación de capital de mayo de 2016 porque es en esa información y en la confianza que generó donde se origina el error en el consentimiento prestado por el inversor, al ser errónea e insuficiente.

LEAN Abogados

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